OBJETIVO
Para el cumplimiento del objetivo, la Procuraduría tendrá las siguientes funciones:
• Procurar la protección integral de niñas, niños y adolescentes que prevén la Constitución, los tratados internacionales, la Ley General y demás disposiciones aplicables. Que deberá abarcar atención médica y psicológica; seguimiento a las actividades académicas y entorno social y cultural; y la inclusión, en su caso, de quienes ejerzan la patria potestad, tutela o guarda y custodia de niñas, niños y adolescentes en las medidas de rehabilitación y asistencia.
• Prestar asesoría y representación en suplencia a niñas, niños y adolescentes involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio Público, así como intervenir oficiosamente, con representación coadyuvante, en todos los procedimientos jurisdiccionales y administrativos en que participen niñas, niños y adolescentes
• Coordinar la ejecución y dar seguimiento a las medidas de protección para la restitución integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes, a fin de que las instituciones competentes actúen de manera oportuna y articulada.
• Fungir como conciliador y mediador en casos de conflicto familiar, cuando los derechos de niñas, niños y adolescentes hayan sido restringidos o vulnerados, conforme a las disposiciones aplicables. La conciliación no procederá en casos de violencia.
• Solicitar al Ministerio Público competente la imposición de medidas urgentes de protección especial idóneas, cuando exista un riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de niñas, niños y adolescentes.
• Ordenar, fundada y motivadamente, bajo su más estricta responsabilidad, la aplicación de medidas urgentes de protección especial establecidas en la fracción anterior, cuando exista riesgo inminente contra la vida, integridad o libertad de niñas, niños o adolescentes, dando aviso de inmediato al Ministerio Público y a la autoridad jurisdiccional competente. Para la imposición de las medidas urgentes de protección, el Procurador Municipal de Protección podrá solicitar el auxilio de las instituciones policiales competentes. En caso de incumplimiento de las medidas urgentes de protección, el Procurador Municipal de Protección podrá solicitar la imposición de medidas de apremio a la autoridad competente.
• Promover la participación de los sectores público, social y privado en la planificación y ejecución de acciones a favor de la atención, defensa y protección de niñas, niños y adolescentes.
• Asesorar a las autoridades competentes y a los sectores público, social y privado en el cumplimiento del marco normativo relativo a la protección de niñas, niños y adolescentes, conforme a las disposiciones aplicables.
• Proporcionar información para integrar y sistematizar el Registro Estatal de Centros de Asistencia Social.
• Supervisar la ejecución de las medidas especiales de protección de niñas, niños y adolescentes que hayan sido separados de su familia de origen por resolución judicial; y
• En el ejercicio de sus funciones, la Procuraduría Municipal de Protección podrá solicitar el auxilio de autoridades competentes, quienes estarán obligadas a proporcionarlo de conformidad con las disposiciones aplicables.
VISIÓN
Con el presente Plan de Trabajo se pretende brindar servicios de orientación y asistencia jurídica de manera gratuita a quien se encuentran en estado de vulnerabilidad que así se requiera, así como representar, proteger y restituir los derechos de las niñas, niños y adolescentes, canalizando al área correspondiente para que se les brinde la asistencia social que necesiten.
ACTIVIDADES
1.- Asesorías jurídicas: asesoría y representación en suplencia a niñas, niños y adolescentes involucrados en procedimientos judiciales o administrativos, sin perjuicio de las atribuciones que le correspondan al Ministerio Público, así como intervenir oficiosamente, con representación coadyuvante, en todos los procedimientos jurisdiccionales y administrativos en que participen niñas, niños y adolescentes.
2.- Visitas domiciliarias y en escuelas: atención proporcionada en el hogar y en las escuelas con el objeto de conocer la realidad socio-económica, ambiental y cultural, para así detectar los principales problemas que existen en nuestro municipio entre las niñas, niños y adolescentes para poder combatirlos.
3.- Canalización y/o acompañamiento de niñas, niños y adolescentes a otras instituciones: proporcionar atención jurídica y darle seguimiento al proceso de canalización y/o acompañamiento en procedimientos judiciales y administrativos ante otras instituciones.
4.- Sesiones informativas: difundir la información necesaria para promover los valores y acciones para fortalecer el mejoramiento en los espacios familiares, culturales y socio-económicos de niñas, niños y adolescentes.
5.- Convenios: se realizarán convenios con la finalidad de establecer un acuerdo justo, transparente, eficiente y eficaz para solucionar un conflicto que afecte a niñas, niños y adolescentes.
6.- Sesiones o terapias médicas, terapias físicas y/o psicológicas: detectar los casos que requieran de ello y junto con los departamentos correspondientes llevar a cabo la sesiones o terapias convenientes para tener un mejor desarrollo de niñas, niños y adolescentes.
7.- Conferencias, platicas, talleres y actividades de conocimiento, culturales, deportivas y recreativas para la población menor de 17 años para crear una esfera de educación para su futuro.
8.- Inclusión de niñas, niños y adolescentes: identificar y responder las diferentes necesidades de niñas, niños y adolescentes con necesidades educativas especiales, para asegurar que todos reciban atención para su pleno desarrollo, sintiéndose valorados, reconocidos y como parte de la sociedad. Comenzando con la capacitación del personal de desarrollo integral de la familia.